Seguro de impago de alquiler
Es un seguro para el propietario (arrendador) de una vivienda alquilada. MAPFRE lo llama Seguro de Protección de Alquileres (o «Protección Alquiler»). Garantiza el cobro de las mensualidades si el inquilino no paga y cubre la defensa jurídica, los daños por vandalismo del inquilino y la asistencia en el hogar.
Lo más destacado
Cobra el alquiler aunque el inquilino no pague.
- 6, 9 o 12 meses de renta: tú eliges cuántas cuotas impagadas cubrir.
- Defensa jurídica: incluido el desahucio y la reclamación de daños.
- Vandalismo del inquilino: daños hechos a propósito en la vivienda.
- Asistencia en el hogar: reparaciones urgentes y profesionales de confianza.
Modalidades
Seguro de Protección de Alquileres
- Qué cubre: todas estas coberturas son obligatorias, es decir, vienen siempre incluidas:
- Impago de alquileres: hasta 12 meses de renta impagada. Según las condiciones particulares, se cubren 6, 9 o 12 cuotas.
- Defensa jurídica del arrendador: conflictos derivados del contrato, incluido el desahucio, la reclamación de daños y perjuicios, la defensa penal del arrendador y las actuaciones y honorarios profesionales, con un límite de (importe: consultar con el asesor) garantía. También incluye orientación jurídica por teléfono.
- Daños materiales: indemnización por actos vandálicos del inquilino, es decir, daños causados en la vivienda de forma malintencionada, con un límite de (importe: consultar con el asesor).
- Asistencia en el hogar: reparaciones urgentes y contacto con profesionales. Incluye albañilería, antenas de TV, carpintería, escayola, limpieza general, moquetas, papel pintado, parqué, persianas, pintura, porteros automáticos, sistemas de alarma y seguridad, toldos y vigilancia. La lista está abierta a otros oficios.
- Suele encajar si: el cliente alquila una vivienda y le preocupa sobre todo que el inquilino deje de pagar o le cause destrozos.
- No incluye / a tener en cuenta: el número de mensualidades cubiertas (6, 9 o 12) depende de lo contratado. La cobertura del impago empieza a partir del segundo mes sin pagar. Las páginas consultadas no explican qué requisitos se exigen al inquilino (solvencia, documentación, estudio previo) ni si hay periodo de carencia: confirmar con el asesor.
Alternativa: seguro de hogar con la garantía de Impago de alquileres
MAPFRE indica que el arrendador puede asegurar la vivienda alquilada de dos maneras:
1. Seguro de Protección de Alquileres: cubre la necesidad de protegerse frente a los impagos del inquilino.
2. Seguro de Hogar con la garantía de Impago de alquileres: cubre los siniestros del hogar (agua, incendio, etc.) y también los impagos. Ver la ficha de hogar (Hogar Tú Eliges, Familiar o Platino).
- Suele encajar si: el propietario quiere en una sola póliza la protección de la vivienda (continente y, si está amueblada, contenido) y la del alquiler. En qué modalidades de hogar se puede añadir la garantía y con qué condiciones: confirmar con el asesor.
Coberturas y servicios opcionales
La web no detalla coberturas opcionales para el Seguro de Protección de Alquileres. Todas las que describe son obligatorias. Para proteger también el inmueble frente a daños como agua, incendio o responsabilidad civil, se puede combinar con un seguro de hogar o elegir la opción de hogar con impago de alquileres. Ampliaciones posibles: confirmar con el asesor.
Diferencias clave entre modalidades
| Protección de Alquileres | Hogar + garantía Impago de alquileres | |
|---|---|---|
| Impago de rentas | Sí (6, 9 o 12 cuotas según lo contratado) | Sí (condiciones: confirmar con el asesor) |
| Defensa jurídica del arrendador y desahucio | Sí (importe: consultar con el asesor) | Confirmar con el asesor |
| Vandalismo del inquilino | Sí (importe: consultar con el asesor) | Confirmar con el asesor |
| Daños de la vivienda (agua, incendio, RC…) | No se describe | Sí, según la modalidad de hogar |
| Asistencia en el hogar | Sí | Sí |
Preguntas habituales
- ¿Cuántas mensualidades cubre? 6, 9 o 12 cuotas, según lo contratado en las condiciones particulares. El máximo es de 12 meses.
- ¿Desde cuándo estoy cubierto si el inquilino no paga? Según MAPFRE, a partir del segundo mes de impago.
- ¿Qué hago si el inquilino no paga? Reclamar el pago por una vía que deje constancia (burofax o requerimiento notarial). Después, presentar la demanda, que se resuelve en un juicio verbal. Según la página, la aseguradora abona las mensualidades impagadas una vez que el juzgado dicta sentencia. Cómo se combina esto con la cobertura desde el segundo mes: confirmar con el asesor.
- ¿Cubre el desahucio? Sí, dentro de la defensa jurídica del arrendador, con importe a confirmar con el asesor.
- ¿Qué se considera acto vandálico del inquilino? Los daños que el inquilino causa a propósito en la vivienda. Se cubren (importe: consultar con el asesor). El desgaste normal no aparece como cubierto.
- ¿Puede sustituir al aval bancario? MAPFRE explica que es habitual sustituir el aval bancario por un seguro frente al impago, con protección para propietario e inquilino. Si es válido en un contrato concreto: confirmar con el asesor.
- ¿Cubre okupas? No se menciona en las páginas consultadas: confirmar con el asesor.
- Soy inquilino, ¿me sirve? No. Este seguro protege al propietario. Al inquilino le corresponde un seguro de hogar con responsabilidad civil, robo y contenido (ver ficha de hogar).
Revisado: 2026-10-21. Fuente: mapfre.es