Seguro de caza y pesca
MAPFRE ofrece un seguro para cazadores y pescadores que cubre el seguro legalmente obligatorio y permite añadir coberturas opcionales. Se puede contratar solo para caza, solo para pesca o para ambas, y también de forma colectiva para sociedades y asociaciones de cazadores y pescadores.
Lo más destacado
El seguro obligatorio del cazador, con coberturas opcionales.
- Caza, pesca o las dos: en la misma póliza.
- Pérdida del arma: y caza en el extranjero, como opcionales.
- Sociedades y asociaciones: contratación colectiva.
- Un solo recibo: eligiendo el día del mes.
Modalidades
Seguro de Caza (coberturas para el cazador)
- Qué cubre:
- Obligatoria – Seguro obligatorio del cazador (R.D. 63/1994): el seguro legalmente exigido para cazar. Cubre los daños corporales a terceras personas, con el límite por víctima fijado por la normativa. Sin acreditar este seguro no se puede obtener la licencia de caza. En la Región de Murcia también es obligatorio un seguro de accidentes durante la práctica de la caza.
- Opcional – Responsabilidad civil suplementaria del cazador: indemnizaciones por daños corporales y materiales a terceros durante la caza, fianzas y costas judiciales (no sanciones ni multas). Incluye la posesión y uso lícito de armas de caza o tiro deportivo con permiso, la propiedad de hasta dos perros de caza y la participación en competiciones autorizadas de tiro deportivo y sus entrenamientos en recinto adecuado.
- Opcional – Accidentes personales del cazador: accidentes durante la caza o el tiro deportivo y en los desplazamientos desde casa a la zona de caza o a competiciones oficiales convocadas. En la Región de Murcia, solo en temporada hábil o en las 48 horas anteriores o posteriores, y en el desplazamiento obligatorio.
- Opcional – Asistencia a personas: traslado del asegurado accidentado al centro hospitalario y/o del vehículo asegurado; el accidente debe ocurrir cazando o en desplazamientos dentro de la finca de caza, en día hábil.
- Opcional – Defensa jurídica: reclamación de daños y defensa penal relacionadas con la actividad de cazador.
- Opcional – Pérdida del arma: indemnización por la pérdida del arma autorizada, según condiciones particulares.
- Opcional – Caza en el extranjero: modalidades según ámbito (Europa y/o resto del mundo), con responsabilidad civil, accidentes personales y gastos de cancelación del viaje.
- Suele encajar si: cualquier cazador que necesita el seguro obligatorio para la licencia; quien caza con frecuencia, tiene perros de caza o practica tiro deportivo y quiere más protección.
- No incluye / a tener en cuenta: la pérdida del arma excluye averías, daños parciales, hurto y pérdidas o extravíos. Las multas y sanciones no se cubren. Además del seguro, hace falta la licencia de caza tramitada por la comunidad autónoma; se recomienda llevar ambos documentos encima.
Seguro de Pesca (coberturas para el pescador)
- Qué cubre:
- Responsabilidad civil del pescador: indemnizaciones por daños corporales, materiales y perjuicios a terceros derivados de la pesca deportiva con caña en territorio nacional. Obligatoria en Andalucía, Cataluña y Región de Murcia.
- Opcional – Accidentes personales del pescador: accidentes durante la pesca deportiva con caña y en el desplazamiento desde casa a la zona de pesca. Obligatoria en Cataluña y Región de Murcia.
- Suele encajar si: pescadores con caña, especialmente en comunidades donde el seguro es obligatorio.
- No incluye / a tener en cuenta: la RC del pescador cubre la pesca deportiva con caña dentro de España. Requisitos de licencia en cada comunidad: confirmar con el asesor.
Seguro de viaje de safari y caza (relacionado)
- Para viajes de caza o safari fuera de España también existe un seguro de viaje específico con responsabilidad civil y accidentes del cazador, asistencia médica, armas y munición facturadas y cancelación (ver el archivo de viaje).
Coberturas y servicios opcionales
- Para el cazador: RC suplementaria, accidentes personales, asistencia a personas, defensa jurídica, pérdida del arma y caza en el extranjero.
- Para el pescador: accidentes personales.
- Contratación colectiva para sociedades y asociaciones.
- Pago de los seguros en un solo recibo, eligiendo el día del mes.
Diferencias clave entre modalidades
- Mínimo legal para cazar: seguro obligatorio del cazador (solo daños corporales a terceros).
- Cazador más protegido: añadir RC suplementaria (daños materiales, fianzas, perros, tiro deportivo) y accidentes personales.
- Pescador: RC del pescador (obligatoria en Andalucía, Cataluña y Murcia) y accidentes (obligatorio en Cataluña y Murcia).
- Cazar fuera de España: cobertura de caza en el extranjero o seguro de viaje Safari y caza.
Preguntas habituales
- ¿Es obligatorio el seguro de caza? Sí, en toda España, para obtener la licencia y cazar.
- ¿Y el de pesca? Solo en algunas comunidades: la RC en Andalucía, Cataluña y Región de Murcia; los accidentes, en Cataluña y Murcia.
- ¿Me cubre si me hago daño cazando? Sí, si se añade la cobertura opcional de accidentes personales del cazador.
- ¿Cubre mi escopeta? Con la cobertura opcional de pérdida del arma; no cubre averías, daños parciales ni hurto.
- ¿Puedo asegurar solo la pesca? Sí, se eligen las coberturas según se practique caza, pesca o ambas.
Revisado: 2026-10-21. Fuente: mapfre.es